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COMPETENCIA · LRCPM · LCD · SCPM
SECTOR COMPETENCIA

Competencia desleal y poder de mercado

Régimen vigente bajo Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado (LRCPM, RO Sup. 555, 13-X-2011) y la nueva Ley Orgánica de Regulación contra la Competencia Desleal (LCD, RO Sup. 113, 29-VIII-2025), que extrajo y modernizó el capítulo de actos desleales antes contenido en la LRCPM.

12%
multa máx · ingresos brutos
30 d
plazo notificar concentración
SCPM
superintendencia competente
2025
nueva LCD vigente

Dos leyes — dos ámbitos

LRCPM

Regulación y Control del Poder de Mercado

Trata acuerdos restrictivos, abuso de posición de dominio y concentraciones económicas. Modelo inspirado en derecho comunitario europeo y andino. Aplica a operadores económicos con poder sustancial en mercado relevante.

Vigente desde: RO Sup. 555, 13-X-2011 (con reformas a 2024). Ejecutor: Superintendencia de Control del Poder de Mercado (SCPM).

LCD 2025

Regulación contra la Competencia Desleal

Trata actos desleales entre operadores económicos: denigración, engaño, comparación impropia, imitación confusa, violación de secreto, inducción a infracción contractual y publicidad ilícita. No exige relación de competencia entre infractor y afectado.

Vigente desde: RO 3.er Sup. 113, 29-VIII-2025. Derogó capítulo II del Título IV de la LRCPM.

Prácticas prohibidas LRCPM

Art. 11LRCPM

Acuerdos y prácticas restrictivas

Carteles de precios, reparto de mercado, limitación de producción, condiciones discriminatorias. Prohibidos aunque no se ejecuten o no produzcan efectos, salvo que se acrediten beneficios al consumidor.

Art. 9LRCPM

Abuso de poder de mercado

Precios predatorios, negativa injustificada de venta, discriminación injustificada, atadura de productos, explotación de dependencia económica de un cliente o proveedor cautivo.

Art. 14LRCPM

Concentraciones económicas

Fusiones, adquisiciones de control y joint ventures por encima de umbrales requieren notificación previa a la SCPM. Ejecutar sin autorización es sancionable.

Art. 79LRCPM

Ayudas públicas

Subsidios o ventajas concedidas por entes del Estado que distorsionan la competencia. La SCPM puede ordenar el cese y recuperación.

Actos desleales tipificados — LCD 2025

Engaño
Art. 7
manifestaciones inexactas o falsas sobre el propio producto o el ajeno
Denigración
Art. 8
aseveraciones falsas o impertinentes sobre un competidor
Confusión
Art. 9
acto que induce a creer que un producto es del competidor
Imitación
Art. 10
aprovechamiento del esfuerzo ajeno · imitación servil
Comparación impropia
Art. 11
comparativa engañosa, no objetiva o sobre extremos no comprobables
Violación secretos
Art. 12
divulgación o aprovechamiento de información reservada
Inducción a infracción
Art. 13
incitar a un tercero a romper su contrato con competidor
Publicidad ilícita
Art. 14
remite a la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor

Sanciones administrativas

La SCPM impone multas sobre el volumen de negocios del infractor en el ejercicio inmediato anterior. La cuantía depende de la gravedad y reincidencia.

Hasta 12%LRCPM Art. 79

Infracción muy grave

Cartel duro, abuso reiterado de posición dominante, concentración ejecutada sin autorización. Multa hasta 12% del volumen de negocios del ejercicio anterior del infractor.

Hasta 10%LRCPM Art. 79

Infracción grave

Acuerdos restrictivos no calificados como muy graves, abuso de poder de mercado, obstrucción a la investigación SCPM.

Hasta 8%LRCPM Art. 79

Infracción leve

Incumplimientos formales — no notificar concentración por debajo de umbral, no atender requerimientos de información en plazo.

Hasta 500 SBULCD Art. 18

Actos desleales · multa SCPM

Sanciones específicas LCD según gravedad, reincidencia y daño causado. Adicionalmente, acción judicial civil por daños y perjuicios.

Procedimientos clave

1

Investigación preliminar

La SCPM puede abrir investigación de oficio o por denuncia. Tiene facultades de inspección, solicitud de información y allanamientos administrativos autorizados. Inicio formal de expediente cuando hay indicios.

2

Programa de clemencia

El primer denunciante de un cartel que colabore con pruebas obtiene exoneración total de la multa. Los siguientes reciben reducciones porcentuales. Mecanismo central para desarticular carteles ocultos.

3

Resolución y recursos

La SCPM emite resolución sancionatoria con multa y obligaciones de hacer/no hacer. Recurso de reposición ante la propia SCPM y, en su caso, acción contencioso-administrativa ante el Tribunal Distrital de lo Contencioso.

4

Acción civil por daños

Los afectados pueden demandar civilmente daños y perjuicios derivados del acto desleal o de la práctica anticompetitiva, en sede ordinaria (Función Judicial), independientemente del procedimiento SCPM.

Recursos relacionados

Preguntas frecuentes · Competencia Ecuador 2026

¿Diferencia entre competencia desleal y abuso de poder de mercado?

Desleal (LCD): actos contrarios a la buena fe entre operadores, sin requerir dominio. Abuso (LRCPM Art. 9):requiere poder de mercado y su uso indebido. Ambos van a SCPM, con análisis distintos.

¿Cuándo notificar una concentración?

Previa a su ejecución, cuando supera umbrales SCPM de volumen o cuota. Ejecutar sin autorización: infracción muy grave (hasta 12% de ingresos). (LRCPM Art. 14)

¿Qué es el programa de clemencia?

El primer denunciante de un cartel que aporte pruebas obtiene exoneración total. Los siguientes, reducciones porcentuales. Mecanismo central contra carteles ocultos.

¿Qué cambió con la LCD 2025?

RO 3.er Sup. 113, 29-VIII-2025. Sacó los actos desleales de LRCPM y los puso en ley independiente, con nueva sistematización y principio de no exclusión.

¿Multa máxima SCPM?

Hasta 12% del volumen de negocios del ejercicio anterior por infracción muy grave; 10% grave; 8% leve. Adicionalmente, acción civil por daños. (LRCPM Art. 79)

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