Volver al Código
MINISTERIO DEL TRABAJO · CÓDIGO DEL TRABAJO
Título PRELIMINAR: DISPOSICIONES FUNDAMENTALES

Capítulo

Capítulo7 artículos
Art. 1

trabajadores y se aplican a las diversas modalidades y condiciones de trabajo. Las normas relativas al trabajo contenidas en leyes especiales o en convenios internacionales ratificados por el Ecuador, serán aplicadas en los casos específicos a las que ellas se refieren. CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR, Arts. 325 Página 3 de 196 Gaceta Judicial, INCOMPETENCIA POR LA MATERIA, 13-mar-1957 Gaceta Judicial, RELACION LABORAL, 24-feb-1975 Gaceta Judicial, RELACION LABORAL CONTRADICHA POR EL TRIBUNAL CONTENCIOSO, 01- mar-1977 Gaceta Judicial, INQUILINO O GUARDIAN, 28-mar-1977 Gaceta Judicial, NEXO JURIDICO LABORAL, 16-dic-1983 Gaceta Judicial, EMPLEADOS CIVILES EN LAS EMPRESAS DE LAS FUERZAS ARMADAS, 24- jun-1994 Gaceta Judicial, REGIMEN LABORAL Y POLICIAL, 15-nov-1994 .- Obligatoriedad del trabajo.- El trabajo es un derecho y un deber social.

Art. 2

El trabajo es obligatorio, en la forma y con las limitaciones prescritas en la Constitución y las leyes. CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR, Arts. 66, 325 .- Libertad de trabajo y contratación.- El trabajador es libre para dedicar su esfuerzo a la labor lícita

Art. 3

que a bien tenga. Ninguna persona podrá ser obligada a realizar trabajos gratuitos, ni remunerados que no sean impuestos por la ley, salvo los casos de urgencia extraordinaria o de necesidad de inmediato auxilio. Fuera de esos casos, nadie estará obligado a trabajar sino mediante un contrato y la remuneración correspondiente. En general, todo trabajo debe ser remunerado. CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR, Arts. 66 Gaceta Judicial, SERVICIOS LICITOS LABORALES, 04-jun-1974 Gaceta Judicial, LABORES DE SERVICIO SOCIAL A LA COMUNIDAD, 16-sep-1987 .- Irrenunciabilidad de derechos.- Los derechos del trabajador son irrenunciables. Será nula toda

Art. 4

estipulación en contrario. Página 4 de 196 CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR, Arts. 326 Gaceta Judicial, DERECHOS IRRENUNCIABLES DEL TRABAJADOR, 10-sep-1958 Gaceta Judicial, TRANSACCION LABORAL ANTE JUEZ, 12-nov-1969 Gaceta Judicial, ACTA TRANSACCIONAL LABORAL, 15-feb-1985 Gaceta Judicial, TRANSACCION LABORAL, 29-nov-1985 Gaceta Judicial, TRANSACCION LABORAL, 12-abr-1988 Gaceta Judicial, DERECHOS IRRENUNCIABLES DEL TRABAJADOR, 13-mar-1996 Gaceta Judicial, TRANSACCION LABORAL, 09-sep-1997 Gaceta Judicial, TRANSACCION LABORAL, 14-jul-1998 Gaceta Judicial, RETROACTIVIDAD DE CONTRATO COLECTIVO, 02-sep-1998 Gaceta Judicial, EFECTO RETROACTIVO DE CONTRATO COLECTIVO, 08-sep-1998 .- Protección judicial y administrativa.- Los funcionarios judiciales y administrativos están obligados a

Art. 5

prestar a los trabajadores oportuna y debida protección para la garantía y eficacia de sus derechos. Gaceta Judicial, PRESUNCION DE RELACION LABORAL, 11-nov-1986 Gaceta Judicial, PROTECCION LEGAL AL TRABAJADOR, 08-feb-1988 Gaceta Judicial, IMPULSO DEL PROCESO EN JUICIOS LABORALES, 31-mar-1989 Gaceta Judicial, PROTECCION JURISDICCIONAL AL TRABAJADOR, 23-oct-1990 Gaceta Judicial, HERMENEUTICA JURIDICA Y AMPLIO SENTIDO SOCIAL, 07-sep-1994 Gaceta Judicial, ABANDONO DE LA INSTANCIA EN LO LABORAL, 18-jun-1997 .- Leyes supletorias.- En todo lo que no estuviere expresamente previsto en este Código, se

Art. 6

aplicarán las disposiciones del Código Civil y el Código Orgánico General de Procesos. Artículo sustituido por Disposición Reformatoria Sexta, numeral 1 de Ley No. 0, publicada en Registro Oficial Suplemento 506 de 22 de Mayo del 2015 y vigente desde el 22 de mayo del 2016. Gaceta Judicial, PRESCRIPCION LABORAL, 15-nov-1974 Página 5 de 196 .- Aplicación favorable al trabajador.- En caso de duda sobre el alcance de las disposiciones legales,

Art. 7

reglamentarias o contractuales en materia laboral, los funcionarios judiciales y administrativos las aplicarán en el sentido más favorable a los trabajadores. CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR, Arts. 326 Gaceta Judicial, JUSTICIA SOCIAL Y SANA CRITICA, 11-nov-1988 Gaceta Judicial, LA LEY EN SENTIDO FAVORABLE AL TRABAJADOR, 13-jul-1989 Gaceta Judicial, SENTIDO MAS FAVORABLE AL TRABAJADOR, 29-nov-1989 Gaceta Judicial, DUDA EN FAVOR DEL TRABAJADOR, 19-sep-2000

Fuente oficial

Este contenido proviene de la codificación oficial de Código del Trabajo · emisor: Ministerio del Trabajo. Para verificar la versión vigente, consulta trabajo.gob.ec.

Antes de actuar sobre un caso específico, verifica la versión vigente.

Inicio