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COMERCIO EXTERIOR

Resolución aduanera de abril 2026 queda sin efecto para importadores y exportadores

La SENAE deja sin vigencia la Resolución 0031-RE del 9 de abril de 2026, eliminando las obligaciones o restricciones que dicha norma imponía a operadores de comercio exterior.

Servicio Nacional De Aduana Del Ecuador · SENAE-SENAE-2026-0051-RE
RESUMEN DE IMPACTO · POWER FACTS
EN UNA LÍNEA

La SENAE deja sin vigencia la Resolución 0031-RE del 9 de abril de 2026, eliminando las obligaciones o restricciones que dicha norma imponía a operadores de comercio exterior.

RESUMEN DEL DOCUMENTO

Se deroga la Resolución Nro. SENAE-SENAE-2026-0031-RE de 9 de abril de 2026

ENTIDADES Y ACTORES
Servicio Nacional De Aduana Del Ecuador
SECTORES AFECTADOS
Comercio exteriorTributario

Ficha editorial completa pendiente. Cuando haya cobertura mediática vinculada por el orquestador, agregaremos aquí "qué cambia · a quién afecta · qué hacer · pendientes" con análisis Power Facts.

Esta norma afecta a otras normas

Mención detectada en el texto fuente, con el contexto correspondiente.

Deroga
Resolución Nro. SENAE-SENAE-2026-0031-RE de 9 de abril de 2026

La Resolución Nro. SENAE-SENAE-2026-0031-RE, emitida el 9 de abril de 2026, establecía una actualización de la tasa por servicio de control aduanero aplicable a mercancías de origen y procedencia colombiana [1][3]. Específicamente, la norma incrementaba la tasa de seguridad del 50% al 100% para este tipo de importaciones, con vigencia a partir del 1 de mayo de 2026 [4]. Asimismo, la resolución establecía un listado de subpartidas relacionadas a importaciones petroleras y de generación energética sujetas a esta nueva estructura tarifaria [3][5]. La derogación de esta norma mediante la Resolución SENAE-SENAE-2026-0051-RE es relevante porque elimina estas obligaciones y restricciones incrementadas que gravaban el comercio bilateral con Colombia, lo que implica la reducción o normalización de costos aduaneros para operadores de comercio exterior que importaban productos colombianos [2]. Esta medida representa un cambio en la política arancelaria ecuatoriana respecto a las mercancías originarias de ese país.

Contexto enriquecido desde fuentes externas. Verifica con la fuente oficial antes de tomar decisiones legales.
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