Esta reforma incorpora un régimen jurídico específico para el ecoturismo en la Ley de Turismo ecuatoriana, afectando a operadores turísticos, empresas de ecoturismo y áreas naturales protegidas. Su impacto principal sería establecer normas claras para regular actividades ecoturísticas, promoviendo prácticas sostenibles y la conservación ambiental mientras genera certidumbre legal en el sector.