ACOGER LA CLASIFICACIÓN DE LAS PYMES, DE ACUERDO A LA NORMATIVA IMPLANTADA POR LA COMUNIDAD ANDINA EN SU RESOLUCIÓN 1260 Y LA LEGISLACIÓN INTERNA VIGENTE
DE LA CLASIFICACIÓN DE LAS COMPAÑÍAS.- Acoger la siguiente clasificación de las PYMES, de acuerdo a la normativa implantada por la Comunidad Andina en su Resolución 1260 y la legislación interna vigente: Nota: Para leer Tabla, ver Registro Oficial Suplemento 668 de 21 de octubre de 2024, página 203.
DE LA VIGENCIA Y EJECUCIÓN.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial, y de su ejecución encárguense los señores Intendentes de Compañías de Guayaquil y Quito. Ha servido de base para esta codificación: Resolución No. 5, publicada en el Registro Oficial No. 335 de 07 de diciembre de 2010 .
Fuente oficial
Este contenido proviene de la Resolución SCVS-IRCVSQ-DRASD-2024-0015 (Codificación de las Normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros), publicada en el Quinto Registro Oficial Suplemento No. 668 del 2024-10-21. Power Facts mantiene esta tabla viva sincronizada con la última codificación oficial publicada por la SCVS.
Antes de actuar sobre un caso específico, verifica la versión vigente del compendio en el portal oficial de la SCVS.